Gestión de cobranza en las fianzas de arrendamiento

Cuando se trata de fianzas de arrendamiento, la gestión de cobranza es un aspecto crítico que involucra equilibrio y sensibilidad.

Tanto para la inmobiliaria como la afianzadora es vital, puesto que la correcta administración de la cobranza garantiza el cumplimiento del contrato, además de mantener relaciones transparentes y justas.

En este proceso, la afianzadora debe ser muy prudente y precisa con sus estrategias para recuperar el dinero de los arriendos en mora, lo cual no siempre se desarrolla de manera ágil a causa de la situación financiera de arrendatarios con poca capacidad de pago. En ocasiones esto puede conducir a demandas judiciales, pago de penalidad y/o restitución del inmueble.

Para que entiendas todo de forma detallada, en este artículo hacemos una breve explicación de cómo realizamos la gestión de cobranza en LaFianza, lo cual te puede ayudar a entender este proceso en las afianzadoras en general.

En primer lugar, definamos el término que nos compete.

Ahora bien, para que este proceso comience a desarrollarse, tienen que presentarse los siguientes puntos:

  1. El arrendatario alcanza los dos meses de mora.
  2. La inmobiliaria lo incluye en el reporte de mora.

Cuando lo anterior se cumple con efectividad, inicia la gestión de cobranza, la cual se divide en gestión prejurídica y gestión jurídica.

Cuando no sea posible recuperar el dinero correspondiente mediante la gestión prejurídica, se iniciará la gestión jurídica.

No obstante, para desarrollar la gestión jurídica y algunos procedimientos extrajudiciales LaFianza solicitará los siguientes documentos, los cuales deben ser presentados de forma física:

  1. Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, o certificado de matrícula mercantil de la persona natural, que funja como arrendadora en el contrato de arrendamiento.
  2. Linderos del inmueble
  3. Recibos de pago de las cuotas de administración debidamente cancelados, y/o certificación detallada del pago de las cuotas de administración expedido por el Administrador de la copropiedad.
  4. Certificado de existencia y representación legal de la propiedad horizontal, expedido por la autoridad competente.
  5. Facturas de los servicios públicos domiciliarios debidamente canceladas, o la factura original junto con la constancia de pago individual original, o certificación sobre el pago del servicio expedida por la empresa de servicio público domiciliario, en la cual conste la individualización del consumo durante periodo determinado, la individualización del inmueble por nomenclatura, y la especificación de quién realizó el pago.

Por otro lado, es necesario suscribir el poder que la inmobiliaria conferirá al abogado que los representará. En el caso de las inmobiliarias asociadas a LaFianza, estas reciben un correo con un formato que deben diligenciar, imprimir, escanear y reenviar con el asunto OTORGO PODER.

Si la inmobiliaria no llegase a cumplir con esto, deberá restituir los pagos efectuados por LaFianza (cánones, IVA, administración, servicios públicos) con sus respectivos intereses en un plazo de 3 días calendario.

Es necesario destacar que, además de lo expuesto anteriormente, existe un Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos: la conciliación extrajudicial.

Así entonces, ya puedes entender mejor cómo se implementa el proceso de gestión de cobranza en las fianzas de arrendamiento. En todos los casos, se requiere un equilibrio cuidadoso entre la protección de los intereses del arrendador y el respeto por la situación del arrendatario.

La comunicación abierta, la documentación detallada y la flexibilidad son claves para un proceso de cobranza efectivo y justo.

1 comentario en “Gestión de cobranza en las fianzas de arrendamiento”

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